El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra promulgó la Ley Autonómica Municipal GAMSCS N.º 1880, denominada “Ley de Regularización de Pago de Tributos Municipales”, mediante la cual se establecen beneficios temporales para que personas naturales y jurídicas regularicen sus obligaciones tributarias pendientes.

La norma dispone la condonación del 100 % de las multas e intereses aplicables a tributos municipales omitidos. Sin embargo, este beneficio no elimina la obligación principal, por lo que los contribuyentes deberán pagar el impuesto adeudado o la diferencia que resulte de la rectificación correspondiente.

La Ley alcanza las obligaciones tributarias cuyo hecho generador se hubiera producido hasta el 31 de diciembre de 2024, correspondientes a los siguientes conceptos:

  • Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IPBI).
  • Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IMPBI).
  • Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores (IPVA).
  • Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVA).
  • Patente Municipal de Funcionamiento de Actividades Económicas.

También se encuentran comprendidos el Impuesto Municipal a las Transferencias (IMT) y el Impuesto Municipal a las Transferencias Onerosas (IMTO), respecto de transferencias de inmuebles y vehículos cuyo hecho generador hubiera ocurrido entre el 1 de enero de 1995 y el 6 de julio de 2026.

Los contribuyentes podrán cancelar sus obligaciones mediante pago al contado o solicitar un plan de pagos respecto de una o varias gestiones adeudadas. No obstante, los planes de pago no son aplicables al IMT ni al IMTO, los cuales deberán cancelarse al contado para beneficiarse de la condonación.

¿Por qué se están ajustando los impuestos de determinados inmuebles?

El ajuste no constituye la creación de un nuevo impuesto ni un incremento general de las obligaciones tributarias municipales. Responde a la identificación de discrepancias entre los datos técnicos reales de determinados inmuebles y la información registrada en el sistema tributario municipal.

De acuerdo con la información difundida por el Gobierno Municipal, una auditoría al sistema de recaudaciones identificó más de 22.000 registros de inmuebles que habrían recibido rebajas irregulares en el pago de impuestos entre 2021 y abril de 2026.

En estos casos, la Administración Tributaria Municipal podrá rectificar los datos técnicos y recalcular el impuesto sobre la base imponible correcta. Los montos pagados anteriormente serán reconocidos como pagos a cuenta, por lo que el propietario deberá cancelar únicamente la diferencia resultante, beneficiándose durante la vigencia de la Ley con la condonación de multas e intereses.

¿Cómo verificar si un inmueble se encuentra observado?

Puedes consultar en el siguiente enlace:

La lista difundida por el Gobierno Municipal no contiene nombres de propietarios, sino el número de inmueble y su código catastral. Por ello, los contribuyentes deben contrastar esos datos con la documentación tributaria de sus bienes.

La Ley Municipal N.º 1880 estará vigente hasta el 31 de agosto de 2026. Vencido este plazo, la Administración Tributaria Municipal podrá iniciar los procedimientos de determinación y cobro coactivo previstos en el Código Tributario Boliviano.

En consecuencia, los propietarios y responsables de bienes observados deben verificar oportunamente su situación tributaria y, cuando corresponda, acogerse a los beneficios establecidos por la norma.

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