Mediante el Decreto Supremo N.º 5675, de 13 de agosto de 2026, el Gobierno aprobó una nueva estructura organizativa del Órgano Ejecutivo, reduciendo su composición a doce ministerios y disponiendo la supresión del Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente y del Ministerio de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y Gastronomía.
La medida responde a la necesidad de disminuir el gasto público, reducir la duplicidad de funciones y mejorar la coordinación institucional, en un contexto económico marcado por el déficit fiscal y la necesidad de optimizar los recursos del Estado.
El déficit fiscal se produce cuando los gastos estatales superan los ingresos durante un período determinado. Su persistencia incrementa las necesidades de financiamiento y limita la capacidad del Estado para cumplir sus obligaciones, sostener la inversión pública y preservar la estabilidad económica.
En este escenario, la eliminación de estructuras administrativas innecesarias busca contener el gasto y mejorar la asignación de recursos. Sin embargo, la supresión de ministerios no implica, por sí sola, una solución al déficit fiscal, pues sus resultados dependerán de la reducción efectiva de costos, de una adecuada redistribución de competencias y de la adopción de medidas económicas complementarias.
La nueva estructura ministerial
- Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Ministerio de la Presidencia.
- Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
- Ministerio de Defensa.
- Ministerio de Gobierno.
- Ministerio de Trabajo.
- Ministerio de Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua.
- Ministerio de Hidrocarburos y Energías.
- Ministerio de Minería y Metalurgia.
- Ministerio de Educación.
- Ministerio de Salud y Deportes.
- Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
La supresión de los dos ministerios no supone la desaparición de sus competencias, sino su redistribución entre otras carteras de Estado.
En el caso del Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente, sus funciones se reorganizan de la siguiente manera:
- Ministerio de la Presidencia: asume las competencias relacionadas con la planificación estratégica.
- Ministerio de Economía y Finanzas Públicas: incorpora las atribuciones vinculadas con la inversión pública y el financiamiento externo.
- Ministerio de Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua: recibe las competencias relativas a medio ambiente, biodiversidad, cambio climático y desarrollo forestal.
- Ministerio de Educación: asume las funciones vinculadas con ciencia y tecnología.
Por su parte, las competencias del Ministerio de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y Gastronomía son transferidas al Ministerio de Relaciones Exteriores, cuya nueva estructura incorpora el Viceministerio de Turismo Sostenible y Culturas. Esta modificación vincula la promoción turística y cultural con la política exterior y la proyección internacional del país.
El decreto también establece que los ministerios receptores asumirán los recursos, contratos, procesos y obligaciones correspondientes a las competencias transferidas, con el propósito de garantizar la continuidad de la gestión pública. Asimismo, dispone que la implementación de esta reorganización no deberá demandar recursos adicionales del Tesoro General de la Nación.
En conclusión, la reducción del Órgano Ejecutivo a doce ministerios constituye una medida de reorganización administrativa orientada a eliminar duplicidades institucionales y contribuir a una gestión más eficiente de los recursos públicos. Su efectividad dependerá de que la nueva distribución de competencias se traduzca en una reducción real del gasto y en una mejor coordinación entre las entidades estatales.