El pasado 5 de mayo de 2023 se promulgó la Ley N°1503, conocida mediáticamente como la “Ley del Oro”, y que su objeto es autorizar al Banco Central de Bolivia la compra de oro en el mercado interno, así como realizar transacciones con el oro de las reservas internacionales en el mercado externo; todo estos para el fortalecimiento de las Reservas Internacionales. Esta norma tiene su antecedente en la Ley Nº175 de 11 de octubre de 2011, ahora abrogada, que también autorizaba la compra de oro en el mercado interno, sin embargo, bajo otras condiciones.
La diferencia principal con lo dispuesto en la anterior Ley Nº175 de 2011, es la disposición de que las compras de oro en el mercado interno serán pagadas en moneda nacional. Ahora bien, esto tampoco significa que el Banco Central será el exclusivo comprador del oro interno; lo cual hubiera sido una disposición más estricta y coherente con el régimen de propiedad de este recurso, de conformidad con lo que dispone la Constitución en sus artículos 369 y siguientes, siendo también una medida que elevaría efectiva y directamente las reservas internacionales, considerando en el gran potencial del oro en nuestro país.
La disposición novedosa y controversial que contiene la Ley Nº1503 es la autorización al Banco Central de Bolivia de realizar transacciones con el oro de las reservas en el mercado internacional, incluyendo la venta. Como condicionantes se establece que el Banco Central de Bolivia deberá mantener un mínimo de veintidós (22) toneladas de reservas de oro y deberá contar con acciones para la reposición estas reservas, además, que tendrá que informar de manera cuatrimestral a la Asamblea Legislativa, sobre las operaciones que haya realizado con el oro.
Un aspecto adicional que no es menor es la exención del Impuesto a las Transacciones (IT) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), sobre las compras que realice el Banco Central de Bolivia de oro en el mercado interno.
Finalmente, se espera que esta ley repercuta directamente el abastecimiento del dólar, que hoy es escaso para el Estado y para los ciudadanos; moneda que es esencial para diversas transacciones, pero principalmente para el mantenimiento de las importaciones, en especial de los combustibles.