La Resolución Administrativa N.º UIF/075/2026 introduce un nuevo escenario regulatorio para abogados, contadores e inmobiliarias identificados por la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), para prevenir la legitimación de ganancias ilícitas en acciones profesionales que podrían utilizarse para fines ilícitos. Aunque la norma se concentra principalmente en regular el procedimiento de registro o excepción en la plataforma CARONTE.

El aspecto central consiste en que las personas naturales o jurídicas que confirmen su registro, o que sean registradas automáticamente por no efectuar el trámite correspondiente, adquirirán la condición de Sujetos Obligados Activos. Como consecuencia, deberán implementar las medidas preventivas previstas en la normativa emitida por la UIF para prevenir la Legitimación de Ganancias Ilícitas, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

¿Quiénes quedan comprendidos?

La obligación no alcanza automáticamente a todos los abogados, contadores e inmobiliarias por el solo ejercicio de su profesión. Su aplicación depende de que desarrollen las actividades contempladas en la Recomendación 22 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

En el caso de abogados y contadores, quedan comprendidos quienes preparen o realicen operaciones para sus clientes relacionadas con la compra y venta de bienes inmuebles; administración de dinero, valores u otros activos; administración de cuentas bancarias, de ahorro o valores; organización de aportes para la creación o administración de empresas; creación, operación o administración de personas jurídicas; y compra o venta de entidades comerciales.

Respecto de las inmobiliarias, el régimen se aplica cuando intervienen en operaciones de compra y venta de bienes inmuebles para sus clientes.

Las personas identificadas por la UIF que no realicen estas actividades deberán tramitar su excepción en CARONTE, mediante una declaración jurada electrónica. En cambio, quienes sí desarrollen esas operaciones deberán confirmar su registro como Sujetos Obligados Activos.

La inscripción en CARONTE no se limita a comunicar datos de identificación. Una vez adquirida la condición de Sujeto Obligado Activo, el profesional o la empresa deberá implementar una estructura interna destinada a identificar, evaluar, controlar y mitigar los riesgos relacionados con la legitimación de ganancias ilícitas y otros delitos conexos.

Al confirmar el registro como Sujeto Obligado Activo debe designarse un funcionario responsable: la persona natural interesada lo hace en su caso y el representante legal lo hace cuando se trata de una persona jurídica. Si no se tramita el registro ni la excepción dentro del plazo, la UIF efectúa la designación. Posteriormente, comunica al funcionario las credenciales para utilizar los sistemas habilitados.

Plazo de adecuación y consecuencias del incumplimiento

La Resolución Administrativa N.º UIF/075/2026 establece un plazo inicial de noventa días calendario para confirmar el registro o tramitar la excepción. Quienes no realicen ninguna actuación dentro de ese término serán registrados automáticamente como Sujetos Obligados Activos.

Concluido el periodo de registro y excepción, los sujetos activos dispondrán de ciento ochenta días calendario para adecuarse a los instructivos específicos y demás disposiciones emitidas por la UIF. Vencido ese término, estarán sometidos al régimen de supervisión, control y sanción correspondiente.

WordPress Lightbox