
El pasado mes de agosto se había emitido el Decreto Supremo Nº5199 que creó el Registro Nacional de Aplicación Digital para Transporte de Pasajeros (ATP), enfocada principalmente en regular a las aplicaciones de taxis que funcionan en nuestro país desde hace varios años, con fines principales de seguridad.
El pasado 11 de octubre la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) emitió la Resolución Administrativa Regulatoria Nº488/2024 que aprueba un Reglamento para el Registro Nacional de ATP, prescribiendo que la obligación de regularizarse en dicho registro será a partir del 11 de noviembre del año en curso.
Aspectos principales del Reglamento
- Vigencia; El registro para ATP tendrá una vigencia de tres (3) años.
- Requisitos legales; Los requisitos legales son generales como ser: matrícula de comercio, NIT, Poder, domicilio en Bolivia, datos de contacto, y autorización del municipio.
- Requisitos técnicos; Los requisitos técnicos son: Posibilidad de descarga en alguna tienda de aplicaciones, información estadística, bitácoras de uso mensual, datos que recopila la aplicación y prácticas de seguridad.
- Procedimiento; El procedimiento básico consiste en la presentación de requisitos ante la ATT, la cual emitirá el certificado de registro en un plazo de cinco (5) días hábiles, siempre y cuando no existan observaciones.
Obligaciones del titular de un registro de ATP
A partir de la obtención del registro de ATP, surgen las siguientes obligaciones:
- Remitir mensualmente a la ATT información sobre la bitácora de trayectorias, asegurando la privacidad de los usuarios.
- Remitir semestralmente a la ATT información sobre los vehículos y conductores.
- Poner a disposición de los pasajeros canales de reclamos.
- Cumplir con la normativa especial de transporte y sus regulaciones.
- Enmarcar sus precios dentro del régimen de tarifas aprobados por los municipios.