Mediante el Decreto Supremo Nº4861 del 11 de enero de 2023, el Gobierno Nacional aprobó la implementación de cédulas de identidad y licencias de conducir en formato digital. Estos documentos digitales se consideran una extensión de los documentos físicos, por lo cual, ambos formatos tendrán el mismo tenor y validez a su sola exhibición desde la aplicación móvil “Estado Digital ED-7” que será administrada por el SEGIP. 

En el marco de la implementación de esta normativa, se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones: 

  • Carácter: Los documentos de identidad digital tienen carácter voluntario y se pueden obtener desde los 18 años; a diferencia de los documentos de identidad físicos que son obligatorios. 
  • Vigencia: La vigencia de los documentos de identidad digitales será de 2 años. Mediante esta norma también se repuso la vigencia de la cédula de identidad física en 5 años, abrogándose el Decreto Supremo Nº4342 que la había dispuesto en 10 años.  
  • Forma de obtención: En un plazo de 60 días, el SEGIP emitirá una reglamentación para el desarrollo de la aplicación “Estado Digital ED-7” a través de la cual se obtendrán los documentos de identidad digital. Un aspecto importante es que estos documentos podrán ser obtenidos a través de un solo dispositivo por ciudadano. 
  • Utilización de documentos digitales en instituciones: Tomando en cuenta que existen instituciones públicas y privadas en las que están prohibido el uso de dispositivos móviles, como ser las entidades financieras; el Decreto Supremo establece se deberán adecuar otras normativas para que los ciudadanos puedan exhibir sus documentos de identidad digitales. 

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