El pasado 30 de noviembre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social emitió Instructivo DGTHSO Nº056/2023 que contiene las condiciones para el pago del aguinaldo de navidad de la gestión 2023, mismo que se encuentra vigente conforme a distintas disposiciones legales aplicables.

Obligados

Se encuentran obligadas al pago del aguinaldo de navidad todas las instituciones, empresas y establecimientos laborales sujetos a la Ley General del Trabajo; así como las entidades sujetas al Estatuto del Funcionario Público, conforme a instructivo específico.

Beneficiarios

Los beneficiarios del aguinaldo de navidad son todos los trabajadores bajo condiciones de subordinación y dependencia, que hayan trabajado al menos tres meses de manera ininterrumpida en la gestión 2023, ya sea mediante contrato a plazo fijo, indefinido o cualquier otra modalidad de trabajo, sin excepción. Para el caso de los obreros, son beneficiarios si han trabajado al menos un mes.

Base del cálculo

La base de cálculo para el pago será el promedio del total ganado en los últimos tres meses anteriores al pago del aguinaldo o los tres meses anteriores a la extinción de la relación laboral. Mientras que para los obreros que hayan trabajado solo un mes, el cálculo se hará en base a la remuneración de ese mes.

Se aclara dentro del total ganado sujeto al cálculo se incluye: Remuneración, salario básico, comisiones, recargos por trabajo nocturno, horas extraordinarias, bono de antigüedad, recargo por feriados, domingos trabajados, salario dominical, y cualquier otra remuneración.

Se prohíbe expresamente el pago del aguinaldo en especie, así como su embargo judicial, retención, descuento, renuncia, compensación o transacción, debiendo ser pagado completamente.

Pago por duodécimas

El aguinaldo de navidad corresponde a un mes de sueldo, salario o remuneración, sin embargo, en caso de que el trabajador no haya trabajado los doce meses, corresponderá el pago por duodécimas en proporción al tiempo trabajado durante la gestión. A estos efectos, se considerarán únicamente los servicios prestados de manera ininterrumpida por un mínimo de tres meses en la misma entidad, empresa, establecimiento laboral, institución pública o privada.

Plazo para el pago

El el plazo máximo del pago del aguinaldo de navidad es hasta el miércoles 20 de diciembre de 2023, debiendo presentarse las planillas correspondientes máximo hasta el sábado 30 de diciembre de 2023.

En el sector privado rige una multa de pago doble en caso de incumplimiento, además de las multas generales por el incumplimiento a las normas laborales.

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