La protección del derecho inmaterial de la propiedad intelectual de una marca fue inicialmente abordada por el Convenio de Paris para la Protección de la propiedad Industrial, como primer paso para asegurar la propiedad intelectual de manera internacional, incluyendo patentes, marcas, dibujos, diseños, etc.
Dentro de la categoría de las marcas, están las marcas colectivas, que son los signos distintivos cuya titularidad pertenece a una asociación, cooperativa u otra entidad legalmente constituida, que agrupa a personas naturales o jurídicas dedicadas a actividades del mismo rubro, o que producen una misma línea de productos. Estas entidades, al registrar una marca colectiva, buscan distinguir en el mercado los productos o servicios de sus miembros, garantizando estándares de calidad, origen o métodos de producción comunes, lo que las hace especialmente útiles en mercados altamente competitivos y saturados.
Según la Decisión 486 de la Comunidad Andina, que establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial para los países miembros, las marcas colectivas están reguladas en sus artículos 180 al 184. La Decisión 486, define las marcas colectivas de la siguiente manera: “Se entenderá por marca colectiva todo signo que sirva que distinguir el origen o cualquier otra característica común de productos o servicios pertenecientes a las empresas diferentes y que lo utilicen bajo el control de un titular.”
Se regula la titularidad de la marca colectiva perteneciente a la asociación o entidad colectiva, según el registro ante el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI), establecido en el Capítulo VI, del artículo 279 al 284.
La Guía Práctica para el Desarrollo y Registro de Marcas Colectivas (SENAPI, 2024) complementa esta normativa, señalando que antes de otorgar la autorización de uso, la entidad titular debe asegurarse de que los miembros cumplan con los requisitos técnicos, de calidad y de procedencia establecidos en dicho reglamento. Este documento es esencial, ya que define quiénes pueden usar la marca, cómo deben hacerlo, y cuáles son las sanciones en caso de incumplimiento.
En este sentido, una marca colectiva no pertenece a cada miembro de manera individual, sino a la entidad que los representa, la cual administra su uso en beneficio del grupo. Sin embargo, ello no impide que cada miembro también pueda registrar una marca individual para sus productos o servicios, coexistiendo ambas figuras siempre que no generen confusión en el consumidor.
Razones para registrar una marca colectiva
- Garantía de calidad, al tener estándares de producción o de manejo entre la entidad titular de la marca colectiva y los que las conforman.
- Mayor competitividad, al contar con un signo distintivo se puede crear una lealtad con los consumidores finales que reconocen el logo y potenciar su presencia en el mercado.
- Promueve la asociatividad, los productores, fabricantes o prestadores de servicios actúan de manera conjunta, pudiendo alcanzar objetivos que individualmente serían complicados de alcanzar.
- Una importante razón sería que los proveedores de servicios o pequeños fabricantes compartirían gastos para la protección de una marca en común sin renunciar el derecho de tener marcas individuales.
- Esto puede desencadenar una serie de beneficios a largo plazo, como el acceso a certificaciones de calidad, oportunidades de exportación, reconocimiento internacional y una mayor sostenibilidad económica del grupo o comunidad.
- Las marcas colectivas, además de proteger la reputación comercial, preservan el patrimonio cultural y los saberes tradicionales, contribuyendo a que las comunidades sean reconocidas y valoradas por sus productos con identidad propia.
El impacto para una marca colectiva se puede también medir en el desarrollo de una comunidad. Como por ejemplo es el caso de productos derivados de prácticas tradicionales, los cuales pueden dejar en alto la historia y cultura de la comunidad que en su impulso de comercial con los métodos o las técnicas, crean artesanías o productos con valor cultural para su venta, además de llegar más lejos y ser distribuido fuera del país.
Las marcas colectivas son mucho más que un registro ante el SENAPI: son una herramienta de posicionamiento y desarrollo empresarial, que permite a grupos de productores, fabricantes o prestadores de servicios fortalecer su presencia en el mercado, compartir costos, garantizar calidad y proyectarse hacia mercados internacionales.
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